GOBIERNO REGLAMENTÓ LOS PLANES PARCIALES

Panorama Ambiental
Internacional
Julio de 2006
 

Bogotá, 7 de julio de 2006. Con el fin de mejorar el desarrollo de las diferentes regiones del país, el Gobierno reglamentó los planes parciales, instrumentos mediante los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial (POT) para áreas determinadas.

De esta forma se establece que los planes parciales deberán ser elaborados por las autoridades municipales o distritales de planeación, por las comunidades o los particulares interesados, de acuerdo a lo que determine el POT de cada municipio.

Con esta reglamentación dispuesta a través del decreto 2181 del 29 de junio de 2006, se pretenden corregir los problemas que existen en el desarrollo territorial de las regiones, como el mal uso del suelo o las demoras en la aprobación de los planes parciales que atrasa el desarrollo.

La norma determina que se requieren tres etapas (formulación y revisión, concertación y consulta, y adopción) para que los municipios puedan implementar los planes parciales.

De esta forma se busca dar solución a problemas que se presentan con normas, muchas de ellas que incluso obstaculizan el desarrollo de la vivienda de interés social (VIS); con trámites o en materia de costos.

Por ejemplo, mientras el Gobierno devuelve el IVA en materiales de construcción para VIS, se imponen sobrecostos en las regiones en servicios públicos.

De otra parte, si bien la ley establecía que para desarrollar cierto suelo hay que hacer planes parciales operativamente a través de las oficinas de Planeación o las Secretarias de Planeación, un plan parcial se puede demorar hasta 48 meses, lo que representa paralizar las posibilidades de desarrollo.

Por eso, con esta reglamentación se busca solventar estos obstáculos y se quiere evitar que se construya o destinen territorios de construcción urbana en suelos que no son aptos para ello o no cuentan con las condiciones necesarias.

“Muchos municipios estaban otorgando sin norma, sin reglamentación licencias de parcelación en suelo rural. Este se volvió como el suelo vulnerable, y al no tener criterio ni reglamentación se pone en riesgo el tema agrícola y el de recursos naturales como la oferta hídrica”, explicó el ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan lozano Ramírez.

De hecho –agregó- hay mucha preocupación de que en algunas regiones del país, donde se está buscando un desarrollo grandísimo y no estaba claro el abastecimiento de agua.

Por eso el Ministerio trabaja conjuntamente con la comunidad, los entes territoriales y los expertos, en varios frentes para que se disminuya el impacto de quedar sin suelo urbanizable en el poco tiempo.

Adicionalmente se trabaja en la delimitación del suelo rural del municipio porque muchos municipios estaban desbordados por las solicitudes de licencias de parcelación sin ninguna regulación, en otras palabras, suelo rural desprotegido.

Para el Ministro es claro que para generar oferta de vivienda debe haber gestión del suelo que es uno de los más grandes obstáculos que se tiene en el momento y que seguramente el país va a tener en el mediano y largo plazo.

 
 

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (República de Colombia) – (www.minambiente.gov.co/)
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