MINAMBIENTE PIDE NO CONTRIBUIR CON EL TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES SILVESTRES

Panorama Ambiental
Internacional
Enero de 2011
 

Cuando una persona adquiere como mascota cualquier especie de Fauna Silvestre, está cometiendo un delito. Foto Archivo MAVDT
•La tenencia y comercio ilegal de especies silvestres constituye un delito ambiental.
•Se incrementarán medidas de control en carreteras y aeropuertos.
•Las sanciones incluyen, amonestaciones, multas, decomisos y retenciones.

Bogotá, D.C. 4 de enero 2011 (MAVDT).- En temporada vacacional, cuando las familias se desplazan a diferentes destinos es usual que, por las carreteras, los viajeros sean abordados por vendedores de mascotas consideradas exóticas. Es así como, en rutas hacía la costa atlántica les ofrecen perezosos, armadillos y tamandúas, y hacía el interior tratarán de seducirlos con titíes grises y monos aulladores, entre otros.

Ante esta oferta de especies, la ministra de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Beatriz Uribe Botero hace un llamado para que no se promueva el tráfico ilegal de especies silvestres, lo cual es un delito ambiental.

El tráfico ilegal de especies silvestres consiste en el uso, comercio, transporte y aprovechamiento ilícito tanto de las especies de fauna y flora silvestres, como de sus productos y derivados. Por ello para esta temporada se incrementan las medidas de control y seguimiento por parte de las autoridades policivas y ambientales.

La titular de la Cartera ambiental insistió: "la tenencia ilegal de fauna silvestre como mascotas no está permitido en Colombia, sólo se permite la tenencia de fauna silvestre para algunas especies sujetas a zoocría comercial o en centros como los zoológicos. Por ello, no está permitido el movilización de especímenes de fauna silvestre obtenidos ilegalmente".

 

En caso de tránsito de especímenes de especies procedentes de sistemas de zoocría, el transportador debe contar con un salvoconducto de movilización vigente, emitido por la respectiva autoridad ambiental.

La normativa contempla que el hecho de movilizar y portar fauna silvestre por las carreteras o por vía aérea en nuestro territorio es sancionable, con mayor razón cuando se trata de tráfico ilegal de especies que estén en alguna categoría de amenaza. Al respecto la Ministra puntualizó: "esta Cartera expidió la Resolución 383 de 2010 "Por la cual se declaran las especies silvestres que se encuentran amenazadas en el territorio nacional".

Para este delito la Ley 1333 de 2009 prevé sanciones que van desde amonestaciones, decomiso de elementos, aprehensión preventiva de especímenes, productos y subproductos de flora fauna silvestre, multas hasta por 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, hasta procesos de aprehensión al portador de los animales. En el caso que el tráfico ilegal ocurra sobre especies silvestres amenazadas, el Código Penal Colombiano mediante la Ley 599 de 2000 establece sanciones que dependiendo del grado de afectación del delito causado puede generar penas de cárcel.

Decomisos en cifras

Según cifras oficiales del Ministerio para el periodo 2005- 2009, se han decomisado un total de 211.571 animales, entre los que se destacan: 29.005 aves, 169.352 reptiles, 7613 mamíferos y 315 anfibios y 5163 invertebrados. En el grupo de los reptiles, las especies más traficadas fueron las tortugas especialmente hicotea y las babillas.

En 2010 La Unidad de Parques reportó que se tienen 18 procesos penales abiertos por delitos ambientales cometidos al interior de las Áreas Protegidas. Como resultado d los operativos se han decomisados: 62 cuerpos de Tiburón Toyo Tigre (572 Kg.), 118 unidades de aleta de tiburón, 5 tortugas Carey, 1 Tiburón Nodriza y 6 Estrellas de Mar, así como plántulas de Orquídeas y elementos como: camiones, motosierras y 651 Bancos de madera.


 

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (República de Colombia)
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