Un estudio
científico de WWF/Adena demuestra que el
transplante de Posidonia en la ampliación
del Puerto de Campomanes en Altea es inviable
Altea (Alicante), 19 de enero
de 2006.- Un estudio de la Universidad de Alicante
concluye que la supervivencia de las matas de Posidonia
transplantadas es sólo de un 15%, siete meses
después que se realizaran los trabajos. De
igual modo, el informe demuestra que las matas vivas
presentan una escasa vitalidad por lo que su mortalidad
aumentará. Este estudio fue solicitado por
WWF/Adena para analizar el proyecto Restauración
ambiental de la pradera de Posidonia oceanica del
puerto deportivo Luis Campomanes.
Ante los concluyentes resultados
del estudio, WWF/Adena pide a la Generalitat Valenciana
la revocación de las autorizaciones concedidas
para ampliar el puerto Deportivo Luis Campomanes,
en Altea, y para restaurar las zonas degradadas
por las obras. Asimismo, WWF/Adena pide al Ministerio
de Medio Ambiente la revocación del acta
de adscripción del dominio público
marítimo-terrestre para la ampliación
del puerto, ante la imposibilidad de cumplir con
las condiciones ambientales.
El estudio realizado, a petición
de WWF/Adena, por la Unidad de Biología Marina
de la Universidad de Alicante ha evaluado -de forma
objetiva e independiente- los resultados de la “Restauración
Ambiental de la pradera de Posidonia oceanica del
proyecto de ampliación del Puerto Deportivo
Luis Campomanes de Altea (Alicante)” realizada por
la empresa concesionaria Marina Greenwich y que
dio comienzo en marzo de 2005.
El proyecto de Marina Greenwich
pretendía el transplante de 40 hectáreas
afectadas por las obras de ampliación del
puerto deportivo y un 100% de supervivencia de las
matas transplantadas. Las conclusiones del informe
confirman la inviabilidad del transplante de Posidonia
con las técnicas actuales.
El estudio de evaluación
se realizó en octubre de 2005, siete meses
después del transplante de las matas. Para
el mismo se seleccionaron dos zonas en las que se
había realizado transplante y otras dos zonas
de características similares que sirviesen
de referencia. En el estudio se ha analizado la
vitalidad de las plantas transplantadas, mediante
medidas de densidad y cobertura, y se ha comparado
con las zonas testigo.
Los resultados del estudio muestran,
por tanto, una mortalidad del 85% de los haces transplantados.
Esta mortalidad no parece debida a una mala elección
del emplazamiento ni a la época de transplante,
por lo que se confirma la inviabilidad de realizar
transplantes de Posidonia con las técnicas
actuales.
El informe destaca también
el impacto de las técnicas de transplante
en las zonas donantes de haces de Posidonia, creando
bordes de fácil erosión ante la acción
de las corrientes marinas.
WWF/Adena recuerda que el condicionado
impuesto por el Ministerio de Medio Ambiente para
la adscripción del dominio público
marítimo-terrestre incluía el transplante
de la pradera de Posidonia afectada por el proyecto.
Esta medida compensatoria fue contemplada por la
propia Generalitat Valenciana en la Declaración
de Impacto Ambiental, que es garante de su cumplimiento,
y el promotor tenía la obligación
de cumplirla. Al no poder cumplirse este requisito,
el Ministerio de Medio Ambiente debería revocar
la adscripción y la Generalitat Valenciana
habría de revisar la concesión y exigir
al promotor la restauración de las zonas
ya degradadas por las obras.
WWF/Adena recuerda que las obras
de ampliación del Puerto Deportivo Luis Campomanes
supondrán la destrucción de forma
directa o indirecta de 40 hectáreas de Posidonia
en perfecto estado de conservación, de las
que al menos 30 ha deberían ser transplantadas.
Para José Luis García
Varas, responsable del Programa Marino de WWF/Adena,:
“Los resultados corroboran la manifestado por WWF/Adena
anteriormente sobre la inviabilidad técnica
y científica de esta medida. Las autoridades
deben actuar ahora en cumplimiento de la normativa
ambiental.”. Y añadió: “Debemos desterrar
de las Declaraciones de Impacto Ambiental el transplante
como una medida que compense los impactos producidos
sobre un ecosistema tan valioso como las praderas
de Posidonia. Ante la grave situación de
este hábitat único, WWF/Adena demanda
a la Generalitat Valenciana y al resto de Comunidades
Autónomas que revisen seriamente sus políticas
expansionistas de Puertos deportivos, exigiendo
la realización de Evaluaciones Ambientales
Estratégicas”.
Notas al redactor:
El informe completo de Efectividad
de los transplantes de Posidonia oceanica efectuado
en el entorno del Puerto Deportivo Luis Campomanes
en Altea (Alicante) está disponible en la
web de WWF/Adena: www.wwf.es.
Posidonia oceanica es una fanerógama
marina (planta con flores y frutos) endémica
del mar Mediterráneo. El hábitat que
forma la Posidonia está protegido por la
Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y
flora silvestres, por el Convenio de Barcelona y
por la legislación de la Comunidad Valenciana.
Ocupa los primeros metros de profundidad (0-50 m).
En tiempos no muy lejanos, las praderas de Posidonia
cubrían la casi totalidad del litoral español.
Hoy día han desaparecido de gran parte de
su área de distribución y en otras
muchas zonas se encuentran muy degradadas a causa
de una diversidad de agresiones de origen humano
(entre ella la construcción y ampliación
de puertos deportivos), su alta fragilidad y la
lenta capacidad de regeneración de estos
ecosistemas.
La Generalitat Valenciana, a través
de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte,
publicó la Resolución relativa al
otorgamiento de concesión a la mercantil
Marina Greenwich SA para la realización de
las obras de ampliación del puerto deportivo
Luis Campomanes en Altea el pasado 26 de noviembre
2004.
El proyecto “Restauración
ambiental de la pradera de Posidonia oceánica
y reimplante de Pinna nobilis en relación
al proyecto de ampliación del Puerto Deportivo
Luis Campomanes en Altea (Alicante)” es una de las
medidas compensatorias, de obligado cumplimiento,
contemplada en la Declaración de Impacto
Ambiental del proyecto de ampliación.
El Acta de Adscripción
es un documento suscrito por la Dirección
General de Costas del Ministerio de Medioambiente
y la Comunidad Autónoma por el que la Administración
del Estado cede la gestión de bienes del
dominio público marítimo-terrestre
a la Administración Autonómica para
un fin concreto, en este caso la ampliación
de un puerto deportivo, y bajo determinadas condiciones.
La Dirección General de Costas del Ministerio
de Medioambiente es el organismo que tiene las competencias
en materia de gestión y tutela del Dominio
Público marítimo-terrestre, así
como de su policía y la de las servidumbres
legales de su competencia, según los Reales
Decretos 839/1996 de 10 de Mayo (BOE 11 de Mayo
de 1996) y 1894/96 de 2 de Agosto, (BOE de 6 de
Agosto de 1996).