Panorama
 
 
 

GOBIERNO NACIONAL ENDURECE CONTROLES PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DEL AIRE

Panorama Ambiental
Internacional
Abril de 2006
 

Definidos niveles para declarar estados de prevención, alerta y emergencia

Bogotá, 5 de abril de 2006. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidió el Decreto 979 del 3 de abril de 2006, que establece nuevos y más estrictos parámetros para garantizar la calidad del aire en Colombia.

La norma, que modifica el Decreto 02 de 1982 y el decreto 948 de 1995, contiene los elementos y el marco bajo los cuales el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establece:

La reducción de los niveles máximos permisibles de contaminantes en el aire o norma de inmisión. Las sustancias controladas son Óxido de Azufre, Óxido de Nitrógeno, Ozono y Monóxido de Carbono.

El establecimiento de un nivel máximo permisible de material particulado PM10.

Los estados excepcionales de contaminación o niveles de prevención, alerta y emergencia por contaminación del aire.

Las directrices para afrontarlos a través de planes de contingencia.

Las diferentes áreas-fuente de contaminación, las condiciones bajo las cuales se deben clasificar y los mecanismos para estructurar programas tendientes a su control y mejoramiento mediante la reducción de los niveles de contaminación.

La norma, que tiene cobertura y obligatoriedad en todo el territorio nacional, indica igualmente que con el fin de establecer un control efectivo sobre las fuentes de emisiones, las autoridades ambientales regionales y locales deben estructurar Planes de Descontaminación y Planes de Contingencia, concertados con las autoridades de salud, transporte y sectores de la producción.

Si la autoridad ambiental regional o local, determina la necesidad de hacer la norma más rigurosa por las características de contaminación especificas en su región, puede a través del Principio de Rigor Subsidiario consignado en el artículo 63 de la Ley 99 de 1993, hacer más estrictos los estándares de la norma nacional.

De igual manera, la norma señala que dichas autoridades ambientales deben informar de manera periódica a la comunidad con respecto a la calidad del aire en su jurisdicción. Para el efecto deberán realizar mediciones para identificar las concentraciones de contaminantes para imponer las medidas preventivas o las sanciones del caso.

SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS

Entre las sanciones y medidas preventivas establecidas en el artículo 85 de la ley 99 de 1993 están:

Multas diarias hasta por una suma equivalente a 300 salarios mínimos mensuales, liquidados al momento de dictarse la respectiva resolución;

Suspensión del registro o de la licencia, la concesión, permiso o autorización;

Cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio respectivo y revocatoria o caducidad del permiso o concesión;

Suspensión de obra o actividad, cuando de su prosecución pueda derivarse daño o peligro para los recursos naturales renovables o la salud humana, o cuando la obra o actividad se haya iniciado sin el respectivo permiso, concesión, licencia o autorización.

De otra parte, de acuerdo con los niveles contaminación las autoridades ambientales podrán declarar los estados de prevención, alerta y emergencia, en virtud de los cuales se restringiría o prohibiría las circulación de vehículos, el mantenimiento de calderas, la operación de incineradores y las quemas controladas. Eventualmente se procedería a suspender las actividades en instituciones educativas y si fuera el caso se ordenaría la evacuación de las poblaciones expuestas.
En las zonas en donde se excedan las normas de calidad del aire las autoridades ambientales deberán adelantar, entre otras, las siguientes acciones:

Modernización del parque automotor.

Reforzamiento al cumplimiento de la normatividad para fuentes fijas y móviles.

Ampliación de cobertura de áreas verdes.

Control a la resuspensión de material particulado.

Reconversión de vehículos a combustibles más limpios.

Control ambiental de las industrias.

Cobertura y reforestación de áreas erosionadas.

Se estima que representa un costo para el estado, representado la atención médica y pérdida de productividad (morbilidad y mortalidad) de aproximadamente 1,5 billones de pesos anuales.

SOBRE EL MATERIAL PARTICULADO

La evaluación de la información obtenida de calidad del aire medida a través de las redes de calidad del aire de las principales ciudades del país, determinó que en éstas la concentración de material particulado, en términos de PM10, está entre 60 y 70 µg/m3 para ciudades como Medellín, Cali y Bucaramanga, y Bogotá, en varias zonas de la ciudad esta por encima de 70 Microgramos/m3
(µg/m3.)

La reducción de estas concentraciones a valores por debajo de 50 µg/m3 conlleva grandes esfuerzos económicos por parte del estado, de la ciudadanía y del sector industrial.

En el caso el estado, porque se requiere mejorar la calidad de los combustibles en cuanto a su concentración de azufre (origina gran cantidad del material particulado emitido por las fuentes móviles), lo cual requiere técnicamente un proceso de desulfurización en las refinerías que tarda entre tres y cuatro años y la inversión de recursos cercanos a los 1.500 millones de dólares.

Una alternativa para esta actividad sería la de importar combustible la cual conllevaría no solamente incrementos en su valor y por ende sobre el costo del transporte para los usuarios, sino costos por la implementación de infraestructura para su almacenamiento y transporte a las ciudades. Esta actividad se ha iniciado, los recursos ya han sido asignados mediante documentos CONPES para las refinerías de Barrancabermeja y Cartagena, y los proyectos ya se encuentran en proceso licitación.

En el caso del sector industrial los esfuerzos deben ser concentrados en la sustitución de combustibles, especialmente en el carbón y girar hacia la implementación del gas natural, y sistemas de control de emisiones que requieren grandes inversiones económicas que deben tener una gradualidad para asimilar sus costos.

En el sector de transporte (fuentes móviles) se requiere reducir la dieselización del parque automotor, especialmente el de servicio público, razón por la cual es necesario ir desmontando los subsidios e incentivar el uso del gas natural vehicular.

Desde el punto de vista movilidad en la ciudad (las bajas velocidades y la baja eficiencia del transporte relacionada con consumo de combustible por pasajero, son otro aspecto que genera emisiones de material particulado y que pueden ser reducidas sustancialmente), es necesario ir incrementando la implementación del transporte masivo en las grandes ciudades, programas que por sus costos requieren igualmente una gradualidad.

Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente que dadas las diferentes actividades que es necesario implementar, sus connotaciones técnicas y económicas, no es posible en un corto plazo cumplir una norma que imponga un valor de 50 microgramos sobre metro cúbico como máxima concentración promedio anual para material particulado respirable (PM10).

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, consciente de estas limitaciones y de su deber por un desarrollo sostenible, ha determinado que se requiere establecer una gradualidad para alcanzar este valor, tal y como se contempla en la norma que está próxima a ser expedida y que establece una reducción de los límites permisibles de PM10 a 60 microgramos sobre metro cúbico en 2010 y 50 en el 2015.

1.9 MILLONES DE DÓLARES PARA CONTROL DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

De otra parte, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial aseguró 1,9 millones de dólares para el control de la contaminación atmosférica en Colombia.

La ministra Sandra Suárez Pérez explicó que los recursos provienen del crédito de inversiones para el desarrollo sostenible (IDS), que se firmó recientemente con el Banco Mundial.

"Nuestro propósito inmediato es avanzar en una estrategia coordinada, ordenada, sostenida, articulada y descentralizada para la prevención y el control de la contaminación del aire, que constituye el problema ambiental de mayor preocupación para los colombianos y el generador de los mayores costos sociales, después de la contaminación del agua y de los desastres naturales", dijo la Ministra.

Con estos recursos se realizará la evaluación de la contaminación atmosférica en el país por parte del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) y se implementarán los mecanismos para su adecuado control y medición. Para esta labor específica se invertirán recursos por 556 mil dólares, que serán ejecutados entre los años 2006 y 2007.

En este sentido se adelantarán acciones para el diagnóstico de redes de monitoreo existentes, validación y ajuste de los protocolos de monitoreo y seguimiento, así como el procesamiento de información meteorológica con recomendaciones para la adquisición de equipos. Este trabajo contará con recursos por 141.500 dólares.

De igual forma están previstos 58.700 dólares para el diseño de un software para transferencia de información y generación del reporte nacional unificado de las redes y el análisis de datos.

También se tendrán recursos por 78.500 dólares para el procesamiento, análisis de la información y caracterización de material particulado, a través de 105 muestras a nivel nacional.

PROYECTO PILOTO EN PUENTE ARANDA

El Ministerio tiene previsto comenzar a desarrollar el plan piloto de medición en la zona de Puente Aranda en Bogotá, donde se medirá la contaminación atmosférica y su relación con los problemas de salud en la localidad.

Para el desarrollo de este plan piloto, el Ministerio ha destinado 58.000 dólares, en un esfuerzo coordinado con el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), el Departamento Administrativo del Medio Ambiente (DAMA) y la Secretaría de Salud de Bogotá y las Universidades de Los Andes y la Salle.

De acuerdo con la Ministra de Ambiente, este proyecto tendrá un énfasis especial en el tema de las enfermedades respiratorias agudas.

“La consecución de estos recursos asegurará además la elaboración del protocolo de inventario de emisiones y su implementación en siete ciudades, con inversiones por un total de 74.200 dólares”, explicó Suárez Pérez.

De otra parte, se ha previsto la destinación de 144.600 dólares para realizar la Guía Nacional de Modelación de la Calidad del Aire, la articulación de los sistemas de información de medio ambiente, salud, transporte y energía, así como el diseño de mecanismos e incentivos para el control de la contaminación por parte de las autoridades locales de los grandes centros urbanos del país.

ADQUISICIÓN DE EQUIPOS

La ministra Sandra Suárez Pérez indicó que el crédito IDS prevé la adquisición de equipos especializados de medición y monitoreo de la calidad del aire por un total de 1.3 millones de dólares.

Entre ellos se encuentran equipos de calibración para la elaboración del diagnóstico y toma de muestras pasivas exteriores de sustancias como: material particulado, ozono, oxido de azufre y óxido de nitrógeno (150 unidades aproximadamente).

Equipos de calibración para el IDEAM, con el fin de realizar el diagnóstico de las redes de calidad del aire de 7 centros urbanos, analizadores de gases y partículas, así como equipos de medición meteorológica de dispersión de contaminantes.

También se contempla el Fortalecimiento de la red nacional semiautomática de material particulado del país y del laboratorio de referencia del IDEAM con la compra analizadores de gases y/o partículas automático (15 unidades).

CONTAMINACIÓN Y SALUD

La contaminación atmosférica es uno de los problemas más serios en las principales ciudades y corredores industriales de Colombia. Nuestro país esta altamente urbanizado con un 72% de la población viviendo en las ciudades.

Aunque los niveles de contaminación son moderados en la mayoría de las ciudades, cerca del 50% de la población vive en urbes con más de 100.000 habitantes, lo cual crea substanciales efectos adicionales en la salud, asociados principalmente con material particulado, como enfermedades respiratorias, particularmente en niños, quienes son el segmento más vulnerable de la población, y muerte a causa de enfermedades tales como la neumonía.

Un estudio del Banco Mundial, publicado en agosto de 2004, señala que en Colombia hay anualmente 6.040 muertes causadas por contaminación atmosférica (aire exterior) y que se manifiestan en enfermedades cardiopulmonares, cáncer de pulmón y enfermedad respiratoria aguda.

Pero la contaminación también se produce en ambientes interiores y el estimativo es de 1.100 muertes por esta causa, asociadas al uso de leña, carbón y otros combustibles sólidos como fuentes primarias para la cocina.

El estudio indica que la polución del aire cuesta al año 1% del PIB.

GESTIÓN EN CONTAMINACIÓN Y CALIDAD DEL AIRE

El documento CONPES 3344 de 2005, estableció lineamientos para la formulación de la política de prevención y control de la contaminación del aire, y diseñó como mecanismo para su implementación un Plan de Acción coordinado y verificado por la Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Prevención y el Control de la Contaminación del Aire, (CONAIRE).

Esta Comisión presidida por el Ministerio de Ambiente, con la participación de los Ministerios de Minas y Energía, del Transporte, de la Protección Social, del Departamento Nacional de Planeación y del IDEAM, fue reglamentada mediante el Decreto 244 del 30 de enero de 2006, y establece entre algunas de las funciones las siguientes:

Fortalecimiento institucional y de los programas de monitoreo y seguimiento a nivel nacional, regional y local, que incluye el desarrollo de un protocolo de monitoreo y seguimiento.

Creación de un sistema de información sobre calidad del aire SISAIRE, el cual será la principal fuente de información para el diseño, evaluación y ajuste las políticas y estrategias nacionales y regionales de prevención y control de la calidad del aire.

Articulación de la información de los sectores ambiente, energía, transporte y salud con el fin de mejorar el conocimiento y orientar las investigaciones sobre el origen de la contaminación atmosférica y sus efectos sobre la salud humana.

Diseño de la reglamentación de los procesos de participación y de publicación de las políticas, estrategias, estándares y regulaciones para prevenir y controlar la contaminación atmosférica.

Diseño de estrategias que faciliten a las microempresas y pequeñas industrias el acceso a la producción más limpia.

Revisión de las regulaciones relativas a la definición de los instrumentos que afectan los precios de los energéticos y su importación, y la revisión de las regulaciones relacionadas con la renovación del parque automotor.

Identificación de las necesidades de información, debilidades y requerimientos técnicos para el fortalecimiento de la vigilancia epidemiológica asociada con la contaminación del aire.

Gobierno amplió a sector solidario, cajas de compensación y Fondo Nacional de Ahorro beneficio de cobertura de garantía

 
 

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (República de Colombia) – (www.minambiente.gov.co/)
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