Definidos
niveles para declarar estados de prevención,
alerta y emergencia
Bogotá, 5 de abril de 2006.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
expidió el Decreto 979 del 3 de abril de
2006, que establece nuevos y más estrictos
parámetros para garantizar la calidad del
aire en Colombia.
La norma, que modifica el Decreto
02 de 1982 y el decreto 948 de 1995, contiene los
elementos y el marco bajo los cuales el Ministerio
de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establece:
La reducción de los niveles
máximos permisibles de contaminantes en el
aire o norma de inmisión. Las sustancias
controladas son Óxido de Azufre, Óxido
de Nitrógeno, Ozono y Monóxido de
Carbono.
El establecimiento de un nivel
máximo permisible de material particulado
PM10.
Los estados excepcionales de contaminación
o niveles de prevención, alerta y emergencia
por contaminación del aire.
Las directrices para afrontarlos
a través de planes de contingencia.
Las diferentes áreas-fuente
de contaminación, las condiciones bajo las
cuales se deben clasificar y los mecanismos para
estructurar programas tendientes a su control y
mejoramiento mediante la reducción de los
niveles de contaminación.
La norma, que tiene cobertura
y obligatoriedad en todo el territorio nacional,
indica igualmente que con el fin de establecer un
control efectivo sobre las fuentes de emisiones,
las autoridades ambientales regionales y locales
deben estructurar Planes de Descontaminación
y Planes de Contingencia, concertados con las autoridades
de salud, transporte y sectores de la producción.
Si la autoridad ambiental regional
o local, determina la necesidad de hacer la norma
más rigurosa por las características
de contaminación especificas en su región,
puede a través del Principio de Rigor Subsidiario
consignado en el artículo 63 de la Ley 99
de 1993, hacer más estrictos los estándares
de la norma nacional.
De igual manera, la norma señala
que dichas autoridades ambientales deben informar
de manera periódica a la comunidad con respecto
a la calidad del aire en su jurisdicción.
Para el efecto deberán realizar mediciones
para identificar las concentraciones de contaminantes
para imponer las medidas preventivas o las sanciones
del caso.
SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS
Entre las sanciones y medidas
preventivas establecidas en el artículo 85
de la ley 99 de 1993 están:
Multas diarias hasta por una suma
equivalente a 300 salarios mínimos mensuales,
liquidados al momento de dictarse la respectiva
resolución;
Suspensión del registro
o de la licencia, la concesión, permiso o
autorización;
Cierre temporal o definitivo del
establecimiento, edificación o servicio respectivo
y revocatoria o caducidad del permiso o concesión;
Suspensión de obra o actividad,
cuando de su prosecución pueda derivarse
daño o peligro para los recursos naturales
renovables o la salud humana, o cuando la obra o
actividad se haya iniciado sin el respectivo permiso,
concesión, licencia o autorización.
De otra parte, de acuerdo con
los niveles contaminación las autoridades
ambientales podrán declarar los estados de
prevención, alerta y emergencia, en virtud
de los cuales se restringiría o prohibiría
las circulación de vehículos, el mantenimiento
de calderas, la operación de incineradores
y las quemas controladas. Eventualmente se procedería
a suspender las actividades en instituciones educativas
y si fuera el caso se ordenaría la evacuación
de las poblaciones expuestas.
En las zonas en donde se excedan las normas de calidad
del aire las autoridades ambientales deberán
adelantar, entre otras, las siguientes acciones:
Modernización del parque
automotor.
Reforzamiento al cumplimiento
de la normatividad para fuentes fijas y móviles.
Ampliación de cobertura
de áreas verdes.
Control a la resuspensión
de material particulado.
Reconversión de vehículos
a combustibles más limpios.
Control ambiental de las industrias.
Cobertura y reforestación
de áreas erosionadas.
Se estima que representa un costo
para el estado, representado la atención
médica y pérdida de productividad
(morbilidad y mortalidad) de aproximadamente 1,5
billones de pesos anuales.
SOBRE EL MATERIAL PARTICULADO
La evaluación de la información
obtenida de calidad del aire medida a través
de las redes de calidad del aire de las principales
ciudades del país, determinó que en
éstas la concentración de material
particulado, en términos de PM10, está
entre 60 y 70 µg/m3 para ciudades como Medellín,
Cali y Bucaramanga, y Bogotá, en varias zonas
de la ciudad esta por encima de 70 Microgramos/m3
(µg/m3.)
La reducción de estas concentraciones
a valores por debajo de 50 µg/m3 conlleva
grandes esfuerzos económicos por parte del
estado, de la ciudadanía y del sector industrial.
En el caso el estado, porque se
requiere mejorar la calidad de los combustibles
en cuanto a su concentración de azufre (origina
gran cantidad del material particulado emitido por
las fuentes móviles), lo cual requiere técnicamente
un proceso de desulfurización en las refinerías
que tarda entre tres y cuatro años y la inversión
de recursos cercanos a los 1.500 millones de dólares.
Una alternativa para esta actividad
sería la de importar combustible la cual
conllevaría no solamente incrementos en su
valor y por ende sobre el costo del transporte para
los usuarios, sino costos por la implementación
de infraestructura para su almacenamiento y transporte
a las ciudades. Esta actividad se ha iniciado, los
recursos ya han sido asignados mediante documentos
CONPES para las refinerías de Barrancabermeja
y Cartagena, y los proyectos ya se encuentran en
proceso licitación.
En el caso del sector industrial
los esfuerzos deben ser concentrados en la sustitución
de combustibles, especialmente en el carbón
y girar hacia la implementación del gas natural,
y sistemas de control de emisiones que requieren
grandes inversiones económicas que deben
tener una gradualidad para asimilar sus costos.
En el sector de transporte (fuentes
móviles) se requiere reducir la dieselización
del parque automotor, especialmente el de servicio
público, razón por la cual es necesario
ir desmontando los subsidios e incentivar el uso
del gas natural vehicular.
Desde el punto de vista movilidad
en la ciudad (las bajas velocidades y la baja eficiencia
del transporte relacionada con consumo de combustible
por pasajero, son otro aspecto que genera emisiones
de material particulado y que pueden ser reducidas
sustancialmente), es necesario ir incrementando
la implementación del transporte masivo en
las grandes ciudades, programas que por sus costos
requieren igualmente una gradualidad.
Teniendo en cuenta lo anterior,
es evidente que dadas las diferentes actividades
que es necesario implementar, sus connotaciones
técnicas y económicas, no es posible
en un corto plazo cumplir una norma que imponga
un valor de 50 microgramos sobre metro cúbico
como máxima concentración promedio
anual para material particulado respirable (PM10).
El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, consciente de estas limitaciones
y de su deber por un desarrollo sostenible, ha determinado
que se requiere establecer una gradualidad para
alcanzar este valor, tal y como se contempla en
la norma que está próxima a ser expedida
y que establece una reducción de los límites
permisibles de PM10 a 60 microgramos sobre metro
cúbico en 2010 y 50 en el 2015.
1.9 MILLONES DE DÓLARES
PARA CONTROL DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
De otra parte, el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial aseguró
1,9 millones de dólares para el control de
la contaminación atmosférica en Colombia.
La ministra Sandra Suárez
Pérez explicó que los recursos provienen
del crédito de inversiones para el desarrollo
sostenible (IDS), que se firmó recientemente
con el Banco Mundial.
"Nuestro propósito
inmediato es avanzar en una estrategia coordinada,
ordenada, sostenida, articulada y descentralizada
para la prevención y el control de la contaminación
del aire, que constituye el problema ambiental de
mayor preocupación para los colombianos y
el generador de los mayores costos sociales, después
de la contaminación del agua y de los desastres
naturales", dijo la Ministra.
Con estos recursos se realizará
la evaluación de la contaminación
atmosférica en el país por parte del
Instituto de Hidrología, Meteorología
y Estudios Ambientales (IDEAM) y se implementarán
los mecanismos para su adecuado control y medición.
Para esta labor específica se invertirán
recursos por 556 mil dólares, que serán
ejecutados entre los años 2006 y 2007.
En este sentido se adelantarán
acciones para el diagnóstico de redes de
monitoreo existentes, validación y ajuste
de los protocolos de monitoreo y seguimiento, así
como el procesamiento de información meteorológica
con recomendaciones para la adquisición de
equipos. Este trabajo contará con recursos
por 141.500 dólares.
De igual forma están previstos
58.700 dólares para el diseño de un
software para transferencia de información
y generación del reporte nacional unificado
de las redes y el análisis de datos.
También se tendrán
recursos por 78.500 dólares para el procesamiento,
análisis de la información y caracterización
de material particulado, a través de 105
muestras a nivel nacional.
PROYECTO PILOTO EN PUENTE ARANDA
El Ministerio tiene previsto comenzar
a desarrollar el plan piloto de medición
en la zona de Puente Aranda en Bogotá, donde
se medirá la contaminación atmosférica
y su relación con los problemas de salud
en la localidad.
Para el desarrollo de este plan
piloto, el Ministerio ha destinado 58.000 dólares,
en un esfuerzo coordinado con el Instituto de Hidrología,
Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM),
el Departamento Administrativo del Medio Ambiente
(DAMA) y la Secretaría de Salud de Bogotá
y las Universidades de Los Andes y la Salle.
De acuerdo con la Ministra de
Ambiente, este proyecto tendrá un énfasis
especial en el tema de las enfermedades respiratorias
agudas.
“La consecución de estos
recursos asegurará además la elaboración
del protocolo de inventario de emisiones y su implementación
en siete ciudades, con inversiones por un total
de 74.200 dólares”, explicó Suárez
Pérez.
De otra parte, se ha previsto
la destinación de 144.600 dólares
para realizar la Guía Nacional de Modelación
de la Calidad del Aire, la articulación de
los sistemas de información de medio ambiente,
salud, transporte y energía, así como
el diseño de mecanismos e incentivos para
el control de la contaminación por parte
de las autoridades locales de los grandes centros
urbanos del país.
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS
La ministra Sandra Suárez
Pérez indicó que el crédito
IDS prevé la adquisición de equipos
especializados de medición y monitoreo de
la calidad del aire por un total de 1.3 millones
de dólares.
Entre ellos se encuentran equipos
de calibración para la elaboración
del diagnóstico y toma de muestras pasivas
exteriores de sustancias como: material particulado,
ozono, oxido de azufre y óxido de nitrógeno
(150 unidades aproximadamente).
Equipos de calibración
para el IDEAM, con el fin de realizar el diagnóstico
de las redes de calidad del aire de 7 centros urbanos,
analizadores de gases y partículas, así
como equipos de medición meteorológica
de dispersión de contaminantes.
También se contempla el
Fortalecimiento de la red nacional semiautomática
de material particulado del país y del laboratorio
de referencia del IDEAM con la compra analizadores
de gases y/o partículas automático
(15 unidades).
CONTAMINACIÓN Y SALUD
La contaminación atmosférica
es uno de los problemas más serios en las
principales ciudades y corredores industriales de
Colombia. Nuestro país esta altamente urbanizado
con un 72% de la población viviendo en las
ciudades.
Aunque los niveles de contaminación
son moderados en la mayoría de las ciudades,
cerca del 50% de la población vive en urbes
con más de 100.000 habitantes, lo cual crea
substanciales efectos adicionales en la salud, asociados
principalmente con material particulado, como enfermedades
respiratorias, particularmente en niños,
quienes son el segmento más vulnerable de
la población, y muerte a causa de enfermedades
tales como la neumonía.
Un estudio del Banco Mundial,
publicado en agosto de 2004, señala que en
Colombia hay anualmente 6.040 muertes causadas por
contaminación atmosférica (aire exterior)
y que se manifiestan en enfermedades cardiopulmonares,
cáncer de pulmón y enfermedad respiratoria
aguda.
Pero la contaminación también
se produce en ambientes interiores y el estimativo
es de 1.100 muertes por esta causa, asociadas al
uso de leña, carbón y otros combustibles
sólidos como fuentes primarias para la cocina.
El estudio indica que la polución
del aire cuesta al año 1% del PIB.
GESTIÓN EN CONTAMINACIÓN
Y CALIDAD DEL AIRE
El documento CONPES 3344 de 2005,
estableció lineamientos para la formulación
de la política de prevención y control
de la contaminación del aire, y diseñó
como mecanismo para su implementación un
Plan de Acción coordinado y verificado por
la Comisión Técnica Nacional Intersectorial
para la Prevención y el Control de la Contaminación
del Aire, (CONAIRE).
Esta Comisión presidida
por el Ministerio de Ambiente, con la participación
de los Ministerios de Minas y Energía, del
Transporte, de la Protección Social, del
Departamento Nacional de Planeación y del
IDEAM, fue reglamentada mediante el Decreto 244
del 30 de enero de 2006, y establece entre algunas
de las funciones las siguientes:
Fortalecimiento institucional
y de los programas de monitoreo y seguimiento a
nivel nacional, regional y local, que incluye el
desarrollo de un protocolo de monitoreo y seguimiento.
Creación de un sistema
de información sobre calidad del aire SISAIRE,
el cual será la principal fuente de información
para el diseño, evaluación y ajuste
las políticas y estrategias nacionales y
regionales de prevención y control de la
calidad del aire.
Articulación de la información
de los sectores ambiente, energía, transporte
y salud con el fin de mejorar el conocimiento y
orientar las investigaciones sobre el origen de
la contaminación atmosférica y sus
efectos sobre la salud humana.
Diseño de la reglamentación
de los procesos de participación y de publicación
de las políticas, estrategias, estándares
y regulaciones para prevenir y controlar la contaminación
atmosférica.
Diseño de estrategias que
faciliten a las microempresas y pequeñas
industrias el acceso a la producción más
limpia.
Revisión de las regulaciones
relativas a la definición de los instrumentos
que afectan los precios de los energéticos
y su importación, y la revisión de
las regulaciones relacionadas con la renovación
del parque automotor.
Identificación de las necesidades
de información, debilidades y requerimientos
técnicos para el fortalecimiento de la vigilancia
epidemiológica asociada con la contaminación
del aire.
Gobierno amplió a
sector solidario, cajas de compensación y
Fondo Nacional de Ahorro beneficio de cobertura
de garantía