Bogotá,
12 de julio de 2006. El ministro de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez,
presentó en sociedad la nueva normatividad
de planes parciales con la cual se busca corregir
los problemas de desarrollo territorial.
Al instalar el foro “Reglamentación
nacional de planes parciales y suelo rural”, organizado
por la Cámara Colombiana de la Construcción
(Camacol), el jefe de la cartera de vivienda hizo
énfasis en que una vez expedida la normatividad
ahora se hace necesaria su difusión y apropiación.
“Expedidos los decretos, asumimos
una enorme responsabilidad para masificar su conocimiento
y emprender una ‘vuelta a Colombia’ para que las
entidades territoriales se los apropien y de la
mano del sector privado podamos tener una gran habilitación
de suelos para multiplicar los metros cuadrados
de buena construcción del país”, dijo
el Ministro.
Para Lozano Ramírez es
claro que la reglamentación que hizo el Gobierno
Nacional de los planes parciales, a través
del decreto 2181 del 29 de junio de 2006, es fundamental
para el progreso planificado de Colombia.
“Su importancia es clara, dada
que son los instrumentos mediante los cuales se
desarrollan y complementan las disposiciones de
los planes de ordenamiento territorial (POT) para
áreas determinadas”, explicó el funcionario.
La normatividad establece que
los planes parciales deberán ser elaborados
por las autoridades municipales o distritales de
planeación, por las comunidades o los particulares
interesados, de acuerdo a lo que determine el POT
de cada municipio.
Con esta reglamentación
dispuesta se busca erradicar o por lo menos frenar
el mal uso del suelo o las demoras en la aprobación
de los planes parciales que atrasa el desarrollo.
La norma determina que se requieren
tres etapas (formulación y revisión,
concertación y consulta, y adopción)
para que los municipios puedan implementar los planes
parciales.
De esta forma se busca dar solución
a problemas que se presentan con normas, muchas
de ellas que incluso obstaculizan el desarrollo
de la vivienda de interés social (VIS); con
trámites o en materia de costos.
Con esta reglamentación
se busca solventar estos obstáculos y se
quiere evitar que se construya o destinen territorios
de construcción urbana en suelos que no son
aptos para ello o no cuentan con las condiciones
necesarias.
“Muchos municipios estaban otorgando
sin norma, sin reglamentación licencias de
parcelación en suelo rural. Este se volvió
como el suelo vulnerable, y al no tener criterio
ni reglamentación se pone en riesgo el tema
agrícola y el de recursos naturales como
la oferta hídrica”, puntualizó el
Ministro.