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“LA TEORÍA DE PAGUE PRIMERO Y RECLAME DESPUÉS DEBE ACABARSE”: MINAMBIENTE

Panorama Ambiental
Internacional
Agosto de 2006
 

Bogotá, 9 de agosto de 2006. “Aquí se tiene que acabar esa teoría de ‘pague primero y reclame después’, porque ante un incremento injustificado de su factura la gente tiene el derecho de pagar el promedio los meses anteriores y que le tramiten inmediatamente su reclamo”.

Así lo aseveró el ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan Lozano Ramírez, al explicar la estrategia que implementará su cartera conjunta-mente con la Superintendencia de Servi-cios Públicos y la CRA para evitar que los usuarios de servicios públicos se vean afectados por incrementos súbitos en la facturación.

“Vamos a instruir a todas las empresas de servicios públicos y se hará en llave con la Superintendencia y con la CRA, con el fin de trabajar con las oficinas de defensa de los usuarios y de atención al cliente para que se le respeten sus derechos”, dijo Lozano Ramírez.

De acuerdo con el jefe de la cartera de Ambiente y Vivienda, las personas tienen el derecho de pagar el promedio de su factura y que se les tramite la reclamación.

“Cuando hay un salto en la facturación, que en muchos casos es culpa de la misma empresa de servicios públicos, no se puede poner a la gente contra la pared, obligarla a empeñar el televisor, el reloj, y a quedar en sobregiro para pagar una factura injustificada y que luego mire a ver si puede reclamar”, insistió el Ministro.

Por eso se realizarán instructivos, talleres y campañas de información en las que participen las empresas y la Superservicios. Adicionalmente se apoyará el esfuerzo de la CRA en la expedición de normas orientadas a evitar el abuso de posición dominante.

“Vamos con la CRA y la Superintendencia y con las empresas para que se expidan los instructivos sobre los derechos de los usuarios. En eso el Ministerio será insistente: las empresas tienen que entregarle permanentemente a los usuarios información sobre sus derechos”, reiteró.

Según el funcionario, la normatividad existente es clara en el sentido de que las empresas tienen que prestar un buen servicio, cobrar una tarifa justa y respetar los derechos de los usuarios.

De hecho, la normatividad existente deja claro que todo suscriptor o usuario tiene derecho a presentar peticiones, quejas, reclamos y recursos ante empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, con relación a la prestación del servicio o la ejecución del contrato de servicios públicos y recibir oportuna respuesta a sus solicitudes.

Por su parte las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios tienen la obligación de tener una oficina de peticiones, quejas y reclamos, para recibir, atender, tramitar y responder las solicitudes que presenten los usuarios, los suscriptores o suscriptores potenciales en relación con el servicio que se preste.

En tal sentido, toda solicitud debe formularse ante la empresa de servicios públicos correspondiente.

Los usuarios pueden presentar peticiones (solicitud que hace el usuario a la empresa con respecto al servicio que le presta), quejas (puede protestar por la forma y condiciones en que se le ha prestado el servicio y/o la actuación de algún funcionario de la empresa), y reclamos (solicitud para que la empresa revise la facturación del servicio).

 
 

Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (República de Colombia) – (www.minambiente.gov.co/)
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