Ciudad
de Buenos Aires - El Plan Urbano Ambiental es un
instrumento técnico político de gobierno,
un marco de referencia tanto para la gestión
pública como para la sociedad. Inicialmente,
el Plan fue definido desde sus dimensiones urbanas
y ambientales. Los principales objetivos del Plan
se relacionan con la ciudad integrada, policéntrica,
plural, saludable y diversa a través del
hábitat equitativo, las actividades productivas,
el medio ambiente, el patrimonio urbano, la movilidad
sustentable de personas y la eliminación
de todo tipo de fracturas territoriales entre los
habitantes de la Ciudad.
Presentado ante la Comisión
de Planeamiento de la Legislatura porteña
por el ministro de Planeamiento y Obras Públicas
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Juan
Pablo Schiavi, en su carácter de coordinador
del Plan Urbano Ambiental, junto al Subsecretario
de Planeamiento, Mario Sabugo y consejeros del COPUA,
expuso lo realizado en los últimos 18 meses,
en donde el Consejo del Plan Urbano llevó
a cabo reuniones con vecinos, asociaciones de profesionales
y miembros de la Comisión Asesora en el marco
del Foro Participativo Permanente, para la discusión
del documento.
“Para nosotros el espíritu
del Plan Urbano es el de proveer una “Ley Marco”
que otorgue un marco conceptual en el cual movernos.
Sabemos que esa Ley Marco nos va a permitir desarrollar
una política bastante clara en cuanto a las
obras públicas que haga este gobierno o que
encaren los sucesivos gobiernos”, señaló
Schiavi.
Lo “urbano” se refiere al territorio
de Buenos Aires en su dimensión regional,
como objeto de estudio y acción. Lo “ambiental”
es considerado como una dimensión transversal
a la totalidad del proceso de planeamiento, desde
los estudios-diagnóstico a la puesta en marcha
de las acciones.
En particular, la noción
de “desarrollo sostenible”, fue definida por la
ley 71° como: ”un proceso participativo, que
integra la transformación urbanística,
el crecimiento económico, la equidad social,
la preservación de la diversidad cultural
y el uso racional de los recursos ambientales, con
el objetivo de mejorar las condiciones de vida de
la población y minimizar la degradación
o destrucción de su propia base ecológica
de producción y habitabilidad, sin poner
en riesgo la satisfacción de las futuras
generaciones”.
En esos términos, se manifiesta
la necesidad de implementar un proceso integral
de desarrollo que contemple el mejoramiento de la
calidad de vida desde una distribución equitativa
de los recursos presentes y futuros, creando escenarios
de consenso, a los efectos de contribuir a la constitución
de un proyecto de ciudad compartido y en el largo
plazo.
El Consejo del Plan Urbano Ambiental,
en cumplimiento de los referidos artículos
6°, 7°, y 8° de la Ley Nº 71 y
de los artículos 27° y 29° de la
Constitución de la Ciudad, presentó
a la Legislatura el Diagnóstico y Objetivos
(1999), el Modelo Territorial (mayo de 2000) y elevó
el 23 de noviembre de 2000, para su tratamiento
y aprobación, el Proyecto de Ley sobre el
Plan Urbano Ambiental (Expte Nº 3.876-J-2.000;
Documento Final y 4 Anexos). Durante el año
2001, con la intervención de las Comisiones
de Planeamiento Urbano, de Ecología, de Protección
y Uso del Espacio Público y de Desarrollo
Económico, Mercosur y Políticas de
Empleo de la Legislatura, se produjo un despacho
que contó con la participación de
diversas organizaciones no gubernamentales, muchas
de las cuales no formaban parte de la Comisión
Asesora Permanente Honoraria del Consejo del Plan
Urbano Ambiental.
Posteriormente, se amplió
el debate y la Comisión de Planeamiento Urbano
de la Legislatura de la Ciudad revisó los
actuados con organizaciones no gubernamentales de
la Comisión Asesora Permanente Honoraria
del Consejo del Plan Urbano Ambiental y el CoPUA
hasta fines del 2003.
Finalmente, el Poder Ejecutivo
elevó a la Legislatura, el 19 de mayo de
2004, un nuevo Proyecto de Ley para el tratamiento
del Plan Urbano Ambiental. Como consecuencia de
la labor llevada a cabo en las Comisiones de Planeamiento
Urbano, de Ecología, de Protección
y Uso del Espacio Público y de Desarrollo
Económico, Mercosur y Políticas de
Empleo de la Legislatura de la Ciudad, surgió
la necesidad de actualizar diversos datos y de reelaborar
información obrante en las actuaciones, a
partir de lo cual el CoPUA reorganiza el sistema
de participación (Foro Participativo Permanente
del CoPUA).
El último documento
presenta los tres elementos básicos del Plan
Urbano Ambiental: el Modelo y las Estrategias Territoriales,
la Agenda Metropolitana y los Instrumentos de Planeamiento,
Gestión y Seguimiento, precedidos por una
breve introducción donde se enuncia el contexto
legislativo y técnico del proceso de planeamiento
llevado a cabo