Una
circular demuestra que se permitió
a 67 barcos incumplir la normativa internacional
vigente. Las autoridades españolas
siguen sin explicar los desfases de 8.000
t en sus declaraciones de capturas
05 mayo 2008 - España
— Pese a que la pesquería de atún
rojo, una de las especies más importantes
en todo el Mediterráneo, está
al borde del colapso y a que el plan de recuperación
de la especie no respeta las recomendaciones
científicas (1), la administración
pesquera española incumplió
en 2007 la normativa internacional que regula
la pesca de esta especie y que prohíbe
la pesca de atunes rojos menores de 30 kg,
con tan sólo dos excepciones (2) entre
las que no se encuentra la flota mediterránea.
La Circular de la Dirección
General de Recursos Pesqueros a la que ha
tenido acceso Greenpeace (3), emitida el 25
de julio de 2007 por el entonces Director
General de este departamento, Fernando Curcio
Ruigómez, fue enviado al sector pesquero,
capitanías marítimas y centros
de inspección pesquera y contiene una
lista de 67 barcos españoles con base
en puertos mediterráneos a los que
la Secretaría General de Pesca Marítima
autoriza la pesca dirigida a la captura de
atunes rojos inferiores a 30 kg de peso, autorizando
el incumplimiento de las normativas internacional
y comunitaria que regulan la pesca de esta
especie (4).
“Es evidente que España
ha jugado con la letra pequeña del
plan de recuperación del atún
rojo para evitar el cumplimiento de las normas
internacionales aprobadas por la Comisión
Internacional para la Conservación
del Atún Atlántico. La autorización
de la pesca dirigida al atún rojo inmaduro
a casi 70 barcos mediterráneos es sencillamente
ilegal”, ha declarado Sebastián Losada,
de la campaña de Océanos de
Greenpeace. “Por un lado, España sigue
asistiendo a los foros internacionales como
abanderada de la lucha contra la pesca ilegal
mientras que por otro vemos que ésta
se autoriza sobre una especie que se encuentra
al borde de la extinción comercial”.
Por otra parte, España
sigue sin explicar los desfases existentes
entre las capturas declaradas por la industria
española y las comunicadas oficialmente
por España a la CICAA, de al menos
8.000 toneladas en la última década
(5).
Notas:
(1) La normativa vigente
permite la pesca intensiva de atún
rojo durante junio, el mes más importante
para la reproducción de la especie,
así como capturas de prácticamente
el doble de las 15.000 toneladas anuales que,
según los científicos, permitirían
detener el declive de la población.
(2) El artículo 19
de la Recomendación 06-05 de la Comisión
para la Conservación del Atún
Atlántico (CICAA) sobre un plan de
recuperación plurianual del atún
rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo,
establece que la talla mínima del atún
rojo es de 30 kg. El artículo 20 de
la misma recomendación contempla dos
únicas derogaciones a esta norma: (a)
el atún rojo capturado por barcos que
pescan con cebo, cacea y arrastreros pelágicos
en el Atlántico Oriental y (b) el atún
rojo capturado en el Adriático capturado
para su engorde. El Reglamento del Consejo
de la Comunidad Europea No 643/2007, de 11
de junio de 2007, que traslada a la legislación
comunitaria la normativa CICAA sobre atún
rojo, establece, en su artículo 80g
sobre talla mínima, exactamente el
mismo criterio. Adicionalmente, la legislación
internacional y comunitaria permite la captura
de atún rojo menor de 30 kg como parte
de lo que se conoce como “capturas accidentales”.
Sin embargo, no es éste
el caso, ya que la circular autoriza específicamente
a estos casi 70 barcos a la pesca “dirigida
al atún rojo, inferior a 30 kg de peso
[...] en el Atlántico Este y el Mar
Mediterráneo”. Además, la circular
emitida por el Ministerio es inexacta ya que
en su anexo sobre talla mínima afirma
que “se establece un total del 2% de la cuota
concedida a la Unión Europea de atún
rojo inferior a 30 kg o 115 cm, pero superior
a 8 kg o 75 cm para la captura de atún
rojo por parte de aquellos buques autorizados
en la pesquería artesanal de palangre
y otras artes de anzuelo”. Esto es incorrecto,
ya que sólo es cierto para la flota
que faena en el Atlántico Este.
(3) La circular puede descargarse
en
http://www.greenpeace.org/espana/reports/circular-de-autorizaci-n-de-pe
(4) “Con el fin de que se
proceda al correspondiente despacho, le comunico
que se autoriza a los buques que figuran en
la relación adjunta a ejercer al pesquería
artesanal de palangre y otras artes de anzuelo,
dirigida al atún rojo, inferior a 30
kg de peso ó 115 cm y superior a 8
kg ó 75 cm, durante el periodo comprendido
entre el 18 de julio y el 31 de diciembre
de 2007, en el Atlántico Este y el
Mar Mediterráneo.”
(5) La tabla a continuación
resume las capturas declaradas en la última
década por la flota cañera vasca
y por las almadrabas españolas y las
compara con las declaradas oficialmente a
la CICAA. Todos los datos en toneladas.