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LA ANAM RESCATA IGUANAS VERDES EN SAN MIGUELITO

Panorama Ambiental
Internacional
Noviembre de 2009
 

Panamá, 20 de noviembre de 2009.- Dos iguanas verdes fueron rescatadas por funcionarios de la Administración Regional Metropolitana de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) de manos de dos menores de edad, en la barriada Santa Marta, en el distrito capitalino de San Miguelito.

Una residente del lugar sorprendió a los menores con las dos iguanas y procedió, junto con sus familiares, a quitarles los animales.

Funcionarios de ANAM se apersonaron al lugar, tras darse la denuncia telefónica, para rescatar a las iguanas. La ciudadana relató cómo estos jovencitos habían capturado a las iguanas y las tenían amarradas.

También se dio a conocer como uno de los dos animales perdió la cola por la acción de los dos menores.
El nombre común de este reptil es Iguana verde y el científico
(género y especie) Iguana iguana.

A pesar de su grotesca apariencia, es uno de los platos naturales más suculentos del país, al extremo que ha sido bautizado como "la gallina de palo”.

Es, además, un animal de sangre fría, tranquilo y buena mascota.

La situación de la iguana ha llegado a ser tan caótica que los conservacionistas calculan que han desaparecido en un 40 por ciento del territorio panameño, aunque en los últimos años las autoridades de la ANAM han puesto mano dura a fin de garantizar su reproducción y su permanencia en el planeta.

Para tal fin, la Ley 41 General de Ambiente, prohíbe la caza de esta especie con fines comerciales y otras disposiciones.

Estos reptiles son animales sedentarios que se alimentan principalmente de hojas, flores y frutos.
En época de apareamiento y copulación se efectúa una sola vez al año en diciembre y alcanzan la edad adulta en dos o tres años.
Este lagarto arborícola es herbívoro y, aunque no alcance el tamaño de comercialización hasta los tres años, es fácil de amansar si es capturado enseguida de la salida del huevo y, una vez devuelto a la libertad, permanece en los árboles vecinos en tanto reciba un poco de alimento suplementario a través de las sobras hogareñas.

Las iguanas verdes se encuentran desde México hasta el norte del Perú, sobretodo en regiones indígenas, y aunque actualmente no son muy abundantes, en otras épocas lo fueron.

En muchos lugares donde era muy común encontrarlas, como en las selvas de mangles de la costa del Pacífico de México, no queda más que el 5 por ciento de la antigua población.

En las tierras bajas del Pacífico de Guatemala y El Salvador, la densidad de iguanas verdes es de menos del 1 por ciento de la que hubo hace sólo algunos años y, en Panamá y Costa Rica, la especie está clasificada como "en peligro".

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Presentan Anteproyecto de Norma de Emisión y Calidad Ambiental de Ruido

Panamá, 19 de noviembre de 2009.- Un Anteproyecto de Norma de Emisión y Calidad Ambiental de Ruido fue presentado para su consideración a la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM).

Otras organizaciones, como el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y el Sindicado de Industriales (SIP) participaron en el acto de presentación de este documento.
El anteproyecto fue preparado por la empresa ITS Panamá, S. A. y tuvo como expositor a José Carlos Espino en el Restaurante Waikiki.

Además, este anteproyecto fue preparado en el marco del Programa de Modernización De la Gestión Ambiental para la Competitividad.

La firma ITS Panamá, S. A. es una subsidiaria de la empresa ITS Consultans.

Según la carta magna de Panamá es un “deber del Estado garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación”

Dentro de su política nacional, ANAM ha delineado una serie de proyectos de normas, entre las que se encuentran cambio climático, recursos hídricos, producción más limpia, información ambiental, descentralización de la gestión ambiental, supervisión, control y fiscalización ambiental y gestión integral de residuos no peligrosos y peligrosos.

En su artículo 109, la constitución panameña señala que “es función esencial del Estados la salud de la población de la República y que el individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla.

La Ley General de Ambiente de la República de Panamá, Ley No 41de 1 de julio de 1998, en su artículo 5, crea la ANAM como “la entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y el ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, reglamentos y la política nacional del ambiente”.

Con base en esta ley, se establece que “la contaminación es la presencia en el ambiente, por acción del ser humano, de cualquier sustancia química, objetos, partículas, microorganismos, forma de energía o componentes del paisaje urbano o rural, en niveles o proporciones que alteren negativamente el ambiente”.

Los objetivos del anteproyecto, que consta de 55 artículos, son reglamentar lo relativo al control del ruido ambiental en la República de Panamá mediante el establecimiento de regulaciones y la promoción de medidas para controlar el ruido que producen efectos molestos sobre seres humanos, a la flora, fauna y a los ecosistemas.

También busca establecer los niveles máximos permisibles para las fuentes emisoras de ruido en la República de Panamá, la metodología estándar e instrumentación necesaria para la medición y evaluación del ruido ambiental y de emisión en la República de Panamá.

Además de fijar las competencias de las autoridades que tendrán facultad en esta materia y las sanciones aplicables a los infractores a lo establecido en la presente norma.

En su artículo 4, sobre órganos competentes, el anteproyecto indica que corresponde a la ANAM “la elaboración, aplicación, monitoreo, seguimiento, vigilancia y control del ruido ambiental de inmisión y emisión”.

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Operativos contra cacería furtiva en San Carlos

Panamá, 17 de noviembre de 2009.- Con el propósito de atender los problemas de cacería furtiva en el distrito de San Carlos, la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) desarrolla operativos frecuentes, capacitación a las autoridades locales, diálogos con la comunidad, recepción de denuncias y una amplia divulgación de disposiciones.

La administración regional de Panamá Oeste de la ANAM presentó un informe de la gestión desarrollada en los distritos, que forman parte del área de competencia de sus responsabilidades y en especial en San Carlos para hacer frente a acciones de cacería furtiva.

Estas acciones ilícitas han sido denunciadas por la comunidad, cuya preocupación ha sido consignada por algunos medios de comunicación social.

En este sentido, se ha instruido a César Paniagua, jefe de la agencia de esta institución en Chame, para que exponga ante los consejos municipales de Chame y San Carlos sobre las disposiciones legales que regulan la materia y coordine con los alcaldes y corregidores a fin de detener estas prácticas.

De igual manera, se han producido operativos en el área con corregidores, agentes de policía y voluntarios con la finalidad de resguardar las zonas donde existe fauna local silvestre y un acercamiento a los dueños de fincas privadas, donde mayormente se realizan acciones de cacería furtiva para solicitar su colaboración.
También se desarrollará una amplia divulgación que incluye charlas en centros escolares del área y la colocación de rótulos donde se plasmarán las normas y disposiciones que prohíben la cacería en lugares poblados.

La Ley 39 de 24 de noviembre de 2005, que regula la cacería deportiva, prohíbe la caza indiscriminada de especies silvestres, como los venados corzo rojo y cola blanca, así como los conejos pintados, muleto y el ñeque.

La Resolución AG-0055 de 2008 reglamenta el régimen de flora y fauna en peligro de extinción y contempla medidas de sanción que incluyen multas y días de prisión.


 

Fuente: Autoridad Nacional del Ambiente de Panamá
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