Panorama
 
 
 
 

EL CUERPO COLEGIADO RECORRIÓ LA CUENCA Y ADVIRTIÓ QUE NO HAY MEJORAS EN EL RIACHUELO

Panorama Ambiental
Internacional
Agosto de 2010
 

18 agosto 2010
Greeenpeace y miembros de las organizaciones que integran el Cuerpo Colegiado evaluaron la situación ambiental del Riachuelo.
Más imágenes Buenos Aires, Argentina — El Cuerpo Colegiado que controla el Plan de Saneamiento del Riachuelo por disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, realizó una inspección ocular y verificó que son escasos los avances en el territorio de la Cuenca, como señalaron ya en diferentes oportunidades.

El Cuerpo Colegiado, coordinado por la Defensoría del Pueblo de la Nación y conformado por 5 ONG (Asociación Vecinos de La Boca, Centro de Estudios Legales y Sociales -CELS-, Fundación Ambiente y Recursos Naturales -FARN-, Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos -ACDH- y Greenpeace) realizó este miércoles un recorrido por el Riachuelo en virtud de la reciente resolución del máximo tribunal que requirió al Defensor del Pueblo su opinión respecto al grado de avance del Plan de Saneamiento.

El organismo de control advirtió que a 2 años del fallo histórico de la Corte Suprema, que condenó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sanear el Riachuelo, no existen avances que se traduzcan en mejoras en el territorio, y que la mayor parte de las obligaciones y plazos previstos en la sentencia no han sido cumplidos.

Entre los incumplimientos, el Cuerpo Colegiado señaló las demoras en la relocalización de los asentamientos que se encuentran sobre basurales, algunos de los cuales pueden verse a la vera del Riachuelo, y que aún no han sido censados. Por otra parte, destacó la falta de control de la contaminación de origen industrial, ya que la sentencia ordenó inspeccionar todas las industrias de la cuenca en 30 días, y dos años después sólo se han controlado unas 3.000 de las más de 12.000 industrias que estarían establecidas.

El organismo remarcó, además, la demora e ineficiencia en el saneamiento de basurales, que al momento de dictarse la sentencia contabilizaban 105 y a la fecha ya superan los 200. También declaró que resulta dificultoso medir objetivamente los avances en la gestión ya que el Plan de Saneamiento Ambiental no cuenta con un sistema de indicadores como lo ordenó la sentencia, otra manda que se suma a la numerosa lista de incumplimientos.

Si bien el Cuerpo Colegiado reconoció algunos avances en la limpieza de márgenes y remoción de buques, concluyó que el accionar gubernamental ha sido negativo (esta valoración ha sido señalada en numerosas oportunidades) y demandó la aplicación de las multas previstas en el fallo del máximo tribunal.

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Posición de Greenpeace sobre el proyecto Represa del Ayuí Grande y el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes

20 agosto 2010
Mapa de OTBN de la provincia de Corrientes- Agosto 2010
Corrientes, Argentina — Desde hace más de cinco años un grupo de empresas arroceras pretende represar el arroyo Ayuí Grande, sepultando 8.000 hectáreas bajo las aguas de un lago artificial, alterando el régimen de este importante curso de agua y eliminando valiosos bosques nativos. Dicho proyecto fue duramente cuestionado por Greenpeace y varias organizaciones ambientalistas desde su inicio. [1]

Para que el proyecto de la Represa del Ayuí Grande sea factible se necesita que el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes clasifique a los bosques ribereños que quedarían inundados en la Categoría III (verde), la cual permite su desmonte total o parcial.

El artículo 9º de la Ley 26.331 establece en forma precisa que se deberán incluir en la Categoría I (rojo) a las “áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica”.

Resulta sorprendente entonces que gran parte de los bosques del Espinal cercanos a sistemas hídricos (incluyendo a los linderos con el arroyo Ayuí Grande) no fueran incorporados en el Ordenamiento Territorial de la provincia en la Categoría I (rojo), entendidos como “sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse”.

Por otra parte el Ordenamiento Territorial de Corrientes, tampoco cumple con los “Criterios de Sustentabilidad Ambiental para el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos”, del Anexo de la Ley que en su punto 9 establece: “Potencial de conservación de cuencas: consiste en determinar la existencias de áreas que poseen una posición estratégica para la conservación de cuencas hídricas y para asegurar la provisión de agua en cantidad y calidad necesarias. En este sentido tienen especial valor las áreas de protección de nacientes, bordes de cauces de agua permanentes y transitorios, y la franja de “bosques nublados”, las áreas de recarga de acuíferos, los sitios de humedales o Ramsar, áreas grandes con pendientes superiores al (5%), etc.”.

Frente a ello, organizaciones ambientalistas de todo el país presentaron sus objeciones a dicho Ordenamiento, mediante un documento conjunto.

Pese a las críticas, el Poder Ejecutivo de Corrientes decidió su sanción, sin ningún cambio, mediante el Decreto 1439/09, y el 9 de diciembre de 2009 aprobó el proyecto Represa del Ayuí Grande mediante el decreto 2353/09.

En diciembre de 2009, la Justicia hizo lugar a la demanda de la Fundación Reserva del Iberá contra el Estado de la Provincia de Corrientes, declarando la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del Decreto 1439/09, que establecía el Ordenamiento Territorial de Bosques de la provincia.

Sin embargo, en lugar de modificarlo para que el mismo cumpla con la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos, el Poder Ejecutivo de Corrientes decidió enviar a la legislatura un proyecto de ley exactamente igual al decreto rechazado por la Justicia.

Así, en mayo de 2010, la legislatura correntina sancionó la Ley Provincial Nº 5.974 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes, cuyo mapa de zonificación es idéntico al anulado en su momento por la Justicia.

Consideramos que el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes se opone a los objetivos y criterios de conservación establecidos en la Ley de Bosques, ya que no protege importantes zonas boscosas continuas del Espinal y no le pone freno al avance de la frontera agropecuaria y a la fragmentación de sus bosques.

Teniendo en cuenta el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional, según el cual “corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales”, entendemos que esta norma resulta inconstitucional al no cumplir con la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.

En ese marco, volvemos a señalar que para Greenpeace el proyecto Represa del Ayuí Grande resulta ambiental y jurídicamente inaceptable.


 

Fuente: Greenpeace – Internacional
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